Convivencia entre comercio y ciudadanía
El Servicio de recogida Puerta a Puerta evita que establecimientos comerciales y hosteleros saturaren los contenedores azules de papel y cartón. De esta manera, los ciudadanos podrán utilizar estos contenedores con normalidad.
Resolvemos tus dudas
Servicio de recogida selectiva destinado a establecimientos comerciales y hosteleros que, debido a su actividad comercial, generan un gran volumen de residuo de cartón pero asimilable a residuo doméstico*.
Este residuo voluminoso puede saturar rápidamente los contenedores de papel y cartón dificultando o impidiendo su uso por parte de los ciudadanos.
Como respuesta a este problema, nace el Servicio de Recogida Puerta a Puerta, aportando una solución en las zonas con mayor densidad comercial y hostelera de la ciudad de Valladolid.
Este servicio no es aplicable a fruterías, supermercados y otros comercios donde por las características y el volumen de los residuos que originan no sean asimilables a residuos domésticos *, debiendo gestionarlos ellos a través de sus proveedores (Mercaolid u otros) o a través de terceros.
- «Residuos domésticos» se define en el art 12.at) de Ley 7/2022 como: residuos peligrosos o no peligrosos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares en composición y cantidad a los anteriores generados en servicios e industrias, que no se generen como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria. Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los hogares de, entre otros, aceites de cocina usados, aparatos eléctricos y electrónicos, textil, pilas, acumuladores, muebles, enseres y colchones, así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. Tendrán la consideración de residuos domésticos, los residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.
Se definen puntos y horarios de aportación en determinadas Zonas de la ciudad (ver documentos Anexo I y Anexo II), para que los comercios y el sector HORECA puedan depositar sus embalajes de cartón.
Se establecen 2 tipos de recogida según la localización del establecimiento:
- Recogida en suelo, en la puerta de los establecimientos, que debe aportarse en horario de 9:00 a 10:30, para las calles definidas en el Anexo I adjunto, principalmente peatonales o semipeatonales, y plegando el cartón de manera correcta.
- Recogida dentro del contenedor y debidamente plegado, en las calles con mayor concentración de establecimientos comerciales y del sector HORECA definidas en el Anexo II adjunto, que debe aportarse en horario de 10:00 a 11:30h.
Es muy importante que el cartón que se aporte esté libre de otros residuos como poliespán , plásticos u otros materiales.
El Servicio de Limpieza establecerá el servicio para garantizar la recogida del cartón del suelo en las calles comerciales en el horario establecido, así como la aportación extra en el interior de los contenedores, que no debemos olvidar que son compartidos con el resto de la ciudadanía.
Para el resto de los establecimientos que no se encuentran en ninguna de las dos zonas definidas, el lugar y forma de aportación son los mismos que, para el resto de la ciudadanía, cartón debidamente plegado y dentro del contenedor.
Este servicio no es aplicable a fruterías y supermercados, que por las características y volumen de los residuos que originan no son asimilables a domésticos, debiendo gestionarlos ellos a través de sus proveedores (Mercaolid u otros) o a través de terceros.
Este servicio está destinado exclusivamente a establecimientos comerciales y hosteleros de las zonas indicadas en los Anexos I y II.
Este servicio no es aplicable a fruterías, supermercados y otros comercios donde, por las características y el volumen de los residuos que originan no sean asimilables a domésticos, debiendo gestionarlos ellos a través de sus proveedores (Mercaolid u otros) o a través de terceros.
Únicamente los hosteleros de las zonas indicadas en el Anexo I deberán depositar el cartón fuera de los contenedores, junto a la puerta de su comercio y siempre respetando las condiciones expuestas en el anexo.
La respuesta es NO, el papel y cartón debe depositarse siempre plegado dentro de los contenedores de papel y cartón repartidos por todos los barrios de la ciudad. Únicamente se puede depositar cartón fuera de los contenedores en los puntos de aportación designados en el Anexo I dentro del horario de aportación.
Depositar cualquier tipo de residuo fuera de los contenedores de la ciudad de Valladolid es un comportamiento incívico sancionable.
El servicio es exclusivo para uso por parte de establecimientos comerciales y hosteleros de las zonas indicadas en los Anexos I y II.
Los ciudadanos deben cortar y plegar sus embalajes de cartón e introducirlos dentro de los contenedores de papel y cartón.
Así se prepara correctamente una caja para depositarla en el contenedor azul.
Forma correcta
Plegado y en cajas.
Plegado y atado.
Forma incorrecta
Cartón sin plegar.
Cartón mezclado con plástico, basura, enseres…
Ruta y horario del servicio
La zona comercial y hostelera de Valladolid es muy extensa. En este documento puedes consultar todas las zonas y horarios del servicio de recogida selectiva de cartón.
Los días de recogida son de lunes a sábado.